México establece no detención de niños migrantes en reglamento de nueva ley de derechos a la infancia
El 2 de diciembre de 2015, el gobierno mexicano dio un paso importante para garantizar el derecho a la libertad de los niños, niñas y adolescentes migrantes en el país. En el Reglamento a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se incluyó la prohibición explícita de su privación de la libertad en centros de detención migratoria.
Artículo 111. En ningún momento las niñas, niños o adolescentes migrantes, independientemente de que viajen o no en compañía de una persona adulta, serán privados de la libertad en estaciones migratorias o en cualquier otro centro de detención migratoria.
El reglamento norma la implementación de la Ley General a nivel nacional y representa un avance en la política de protección de los derechos de la infancia migrante y refugiada y reconoce que los centros de detención migratoria no son lugares adecuados para ningún niño, niña o adolescente. Asimismo, el artículo 111 da un paso que va más allá de lo establecido en la actual Ley de Migración al proclamar que no sólo se debe evitar que los niños, niñas y adolescentes que viajan sin la compañía de sus padres o tutores sean detenidos en Estaciones Migratorias y canalizados a los sistemas de Desarrollo Integral de la Familia (DIF). También, obliga a la adopción e implementación de medidas para evitar que los niños, niñas y adolescentes acompañados de sus padres sean privados de su libertad por motivos migratorios. Así, se logra acercar las políticas del país a las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de la ONU, abriendo la oportunidad de implementar alternativas a la detención para que los niños, niñas y adolescentes puedan participar en sus procedimientos migratorios, viviendo libres en la comunidad.
La Ley General y su reglamento crean un Sistema Nacional de Protección Integral de los Niños, Niñas y Adolescentes con una nueva Procuraduría Federal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Esta última en coordinación con el Instituto Nacional de Migración emitirá un protocolo para asegurar que los procedimientos migratorios se privilegie el interés superior de la niñez (Art. 105 del reglamento).
Además, la Ley General y su reglamento obligan a la creación de una base de datos de niñas, niños y adolescentes migrantes que incluya información sobre si fueron víctimas o testigos de algún delito, así como sobre posibles necesidades de protección internacional. Así, la ley y su reglamento forman parte de una importante base legal para hacer realidad la erradicación de la detención de niños, niñas y adolescentes por motivos migratorios.
Sin duda, el reglamento es un reflejo de la colaboración entre la sociedad civil y el gobierno en la construcción de un marco jurídico consistente con el respeto y protección de los derechos humanos. Aunque sabemos que aún hay mucho por hacer para fortalecer espacios de recepción y acogimiento en un entorno comunitario, consideramos que se ha dado inicio a un cambio sustancial en la forma en la que se reconoce a niños, niñas y adolescentes migrantes como sujetos de derechos.
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