Estudiantes del posgrado en México discuten sobre...

27 de mayo 2015- Estudiantes del posgrado en México se reunieron para ver y reflexionar sobre el documental <a href=»http://www.webelongtogether.org/endfamilydetention/documentary»><strong>No Sanctuary</strong></a>, que narra el regreso a la práctica de la detención de familas migrantes en los Estados Unidos. La discusión fue parte del seminario “Violencias, Géneros y Sexualidades Diversas” coordinado por el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (<a href=»http://www.ciesas.edu.mx»>CIESAS</a>), en la Ciudad de México, y participarn en el panel las especialistas:
<ul>
<li>Gisele Bonnici, Coalición Internacional contra la Detención (<a href=»http://idcoalition.org/americas/»>IDC</a>)</li>
<li>Frida Espinosa Cárdenas, Instituto para las Mujeres en la Migración (<a href=»http://www.imumi.org/»>IMUMI</a>)</li>
<li>Magdalena Barros, <a href=»http://www.ciesas.edu.mx/»>CIESAS-DF</a></li>
</ul>
Los participantes tocaron temas como el proceso veloz de detención y deportación que no garantiza asistencia legal pertinente a las personas migrantes, la cuota de camas de migrantes detenidos, y la ganancia para las empresas que manejan los centros de detención.

Para Gisele Bonnici, existen dos precedentes nacionales que son importantes para considerar en los casos de detención de familias: 1) Según decisiones de la Corte Federal, el gobierno de Estados Unidos no puede usar la detención de familias para disuadir la migración; y 2) el gobierno de EE.UU. está obligado legalmente ubicar a las familias con hijos en el entorno lo menos restrictivo posible, según el acuerdo Flores contra Reno de 1997. La detención de familias violan estos precedentes legales, así como los estandares regionales e internacionales.

Además, Frida Espinosa argumentó que la migración femenina posee aristas diferentes a la masculina por estar estrechamente ligada al bienestar de los hijos. En este sentido, la Dra. Magdalena Barros agregó que la maternidad está siendo castigada, es decir, se conoce por abogados que para una mujer sin hijos que ingresó a EE.UU. irregularmente le será más sencillo salir bajo fianza y dar seguimiento a su caso, mientras que para una madre el proceso se complicará y no alcanzará su liberación bajo fianza.

Las reflexiones finales consistieron en que la región deberá trabajar para crear alternativas a la detención y evitar el encarcelamiento innecesario de familias. También es importante hacer un llamado a los Estados respetar los estandares regionales e internacionales que establecen que los niños, niñas y adolescentes nunca deben ser detenidos por motivos migratorios.

 

Leer más sobre la detención de niños y familias en los Estados Unidos <a href=»https://endchilddetention.org/es/essential_grid/united-states/»>aquí</a>

Nuevo: Mapa de acción de la Campaña

En el marco de las conversaciones sobre el Pacto Mundial sobre Migración que tuvieron lugar la semana pasada en Puerto Vallarta, México, desde la Campaña Global hemos creado, junto a nuestros aliados, un mapa de acción en el que alentamos a los gobiernos a adoptar una serie de compromisos para acabar con la detención migratoria de niños, niñas y adolescentes en los siguientes ocho años.

Compromisos

Junio de 2019:

Desarrollar planes de acción nacionales comprensivos y colaborativos para acabar con la detención migratoria de niños, niñas y adolescentes. Estos planes deben designar claramente las posiciones de responsabilidad para conseguir el cambio y apoyarse en la coordinación y colaboración entre actores del gobierno, la sociedad civil, la ONU, las agencias intergubernamentales y los niños, niñas y adolescentes mismos.

Para apoyar el desarrollo e implementación de estos planes de acción nacionales, la financiación debe ponerse a disposición. Alentamos a que estos planes de acción nacionales incluyan:

  • Leyes y regulación nacional
  • Sistemas de procesamiento
  • Opciones de colocación
  • Derechos y estándares mínimos
  • Supervisión

Además, en cada plan de acción nacional debe incluirse el monitoreo y la evaluación.

 

Diciembre de 2019 (y a partir de entonces anualmente):

Informar sobre el número de niños, niñas y adolescentes privados de libertad, cada año.

Los informes deben incluir datos demográficos para ayudar al desarrollo de las alternativas más apropiadas, tales como:

  • Número de niños, niñas y adolescentes detenidos
  • Género
  • Acompañados vs No acompañados
  • El nombre del lugar en el cual se encuentran detenidos

 

Antes de 2022:

Desarrollar e implementar alternativas a la detención migratoria adaptadas a los niños, niñas y adolescentes, mientras se resuelve su situación migratoria. Los programas piloto son una de las opciones para que los gobiernos prueben distintas alternativas antes de incorporarlas a los sistemas nacionales. El monitoreo y la evaluación resultan fundamentales para asegurar que los programas piloto son lo más efectivos posibles.

En este punto, la colaboración entre gobiernos, sociedad civil, ONU, agencias intergubernamentales y niños, niñas y adolescentes vuelve a ser indispensable para asegurar el buen funcionamiento de los programas piloto.

 

Inicio de 2019:

Informar sobre los avances para poner un alto a la detención migratoria de niños, niñas y adolescentes, a través de los informes del Comité de los Derechos del Niño de la ONU. De manera similar, los Estados deben informar sobre sus avances en el examen periódico universal del Consejo de Derechos Humanos.

 

A partir de Junio de 2025:

Prohibir la detención migratoria de niños, niñas y adolescentes en la ley y la regulación. Los Estados deben revisar y mejorar sus leyes para asegurar el cumplimiento de las obligaciones internacionales. Además, alentamos a ratificar los tratados internacionales relativos (Convención de los Derechos del Niño, Convención del Refugiado de 1951, Convención sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, entres otros).

 

Ejemplos de prácticas positivas en la región de las Américas

En varios países en las Américas, incluyendo por ejemplo MéxicoEcuador se ha establecido en su legislación nacional la prohibición de la detención de niñas, niños y adolescentes por motivos migratorios.

En otros países, como Costa Rica y Panamá, se ha elaborado protocolos para la atención y protección de niñas, niños y adolescentes migrantes.

Actores de la sociedad civil y gobierno han colaborado para proyectos piloto de alternativas para niños, niñas y adolescentes no acompañados en México.

Organizaciones en Estados Unidos trabajan en conjunto con organizaciones en Honduras y Guatemala para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes retornados a sus países de origen.

Para garantizar el derecho a la libertad personal de los niños, niñas y adolescentes, se requiere tanto la elaboración de leyes y protocolos cómo la coordinación práctica y capacitación adecuada para la efectiva implementación de las alternativas.

México debe seguir avanzando en garantizar el der...

En el marco del Día Nacional del Niño y la Niña en México, celebramos los avances con respecto a la no detención de niñas, niños y adolescentes por motivos migratorios en el país y urgimos al gobierno a seguir avanzando en garantizar el derecho a la libertad personal de esta población.

 

El avance más reciente se dio el 27 de abril de 2017 con la aprobación por el Senado del dictamen de iniciativa para la armonización de la Ley de Migración con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en cuyos cambios se destaca la prohibición de detención migratoria a niños, niñas y adolescentes. Confiamos en que el siguiente periodo de sesiones la reforma sea aprobada.

La detención por motivos migratorios nunca es compatible con el interés superior del niño o la niña. En México se avanza día a día en el cambio de paradigma en lo que se refiere a protección de niñas, niños y adolescentes.

Avances hacía la no detención de niñas, niños y adolescentes en México

  • diciembre de 2014: Se publicó la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Ley General) que establece que el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) y la Procuraduría Federal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Procuraduría) garantizarán la protección, prevención y restitución integrales de los derechos de NNA que hayan sido vulnerados, independiente de su nacionalidad o situación migratoria.
  • agosto de 2015: Inició la implementación de un programa piloto de alternativas a la detención basadas en la comunidad para NNA no acompañados. Dicho piloto fue desarrollado por el Instituto Nacional de Migración (INM), la Comisión Mexicana de Ayuda al Refugiado (COMAR) y dos organizaciones especializadas en cuidados alternativos de NNA, con el apoyo técnico de la Coalición Internacional contra la Detención (IDC).
  • diciembre de 2015: El Reglamento de la Ley General estableció el derecho de los NNA a no ser privados de la libertad en centros de detención migratoria (conocidos como estaciones migratorias) sin importar si viajan solos o acompañados. Esto significa que las distintas dependencias del gobierno mexicano involucradas en el tema deben coordinarse para implementar alternativas a la detención de NNA garantizando en todo momento el interés superior del niño o niña.
  • enero 2016: Se iniciaron otros pilotos, liderados por la COMAR y el INM, con el apoyo de la oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidos para Refugiados (ACNUR), que permitían a personas solicitantes de la condición de refugiado a dar continuidad a sus procedimientos de elegibilidad en libertad, lo que también ha beneficiado a NNA acompañados.
  • agosto de 2016: Por mandato de la Ley General, el INM y la Procuraduría publicaron el Protocolo de actuación para asegurar el respeto a los principios y la protección de los derechos de NNA en procedimientos administrativos migratorios. A través de la coordinación del INM con la Procuraduría, esta última pueda emitir como parte del plan de restitución de derechos el ingreso a los Centros de Asistencia Social para así evitar la detención de NNA en estaciones migratorias.
  • abril de 2017: La Procuraduría ha estado identificando familias candidatas para ingresar a un programa de cuidados alternativos en su modalidad de familias de acogida, que eventualmente podrá permitir ampliar las posibilidades de no pasar por ningún tipo de detención.
  • el 27 de abril de 2017: Fue aprobado en el Senado mexicano un dictamen de iniciativa para la armonización de la Ley de Migración con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en cuyos cambios se destaca la prohibición de detención a NNA.

Sin duda los avances han sido significativos y con resultados positivos en poco tiempo. No obstante, aún hay retos muy importantes que podrían poner en riesgo todo lo alcanzado, incluyendo la no aprobación de las reformas que armonizan la Ley de Migración a la Ley General. Urgimos al gobierno mexicano a seguir avanzando en garantizar el derecho a la libertad de niños, niñas y adolescentes migrantes.

Ha llegado el momento de hacer ruido

Ha llegado el momento de hacer ruido

 

A medida que nos acercamos al final de la tercera ronda de negociaciones en Nueva York sobre el Pacto Mundial sobre Migración, han puesto de manifiesto que tenemos mucho trabajo por hacer si realmente queremos hacer uso de este mecanismo para poner fin a la detención migratoria de niños, niñas y adolescentes de una vez por todas.

Nuestros aliados en Nueva York y Ginebra han participado en la primera ronda de las negociaciones sobre los Pactos sobre Migración y Refugiados. Reconocemos la respuesta de Brasil, Bolivia, República Dominicana, Irlanda, Tailandia, Egipto y la Santa Sede, así como de la Unión Africana y los Estados Centroamericanos, a la llamada a poner fin a la detención de niños, niñas y adolescentes por motivos migratorios. Su liderazgo político sobre esta cuestión es digno de gran elogio a nivel mundial. Sin embargo, nos desalienta y preocupa profundamente que la mayoría de los Estados influyentes sigan abogando por que se pueda detener a niños, niñas y adolescentes por motivos migratorios.

Como consecuencia, se sigue considerando «ambicioso» el hecho de acordar un texto durante las negociaciones que obligue a los Estados a poner fin a la detención de niños, niñas y adolescentes.

Ya contamos con un compromiso de los Estados de procurar poner fin de la detención migratoria de niños, niñas y adolescentes en el marco de la Declaración de Nueva York. Por supuesto, podemos seguir usando este compromiso para impulsar nuestros esfuerzos colectivos de incidencia. Sin embargo, la negociación de los pactos mundiales supone una oportunidad de traducir este compromiso en resultados tangibles y resultados prácticos. Poner fin a la detención migratoria de niños, niñas y adolescentes tiene que formar parte del texto de los pactos, además de la Declaración de Nueva York, o se corre el riesgo de volver a caer en los buenos deseos y la inacción.

Me deprime que se considere “ambicioso” hacer lo que es claramente justo con los Pactos Mundiales.

No obstante, sé que las personas que apoyamos la Campaña Global ¡Alto a la Detención de Niñ@s Migrantes! somos firmes, persistentes y ambiciosas. ¡Por eso ha llegado el momento de pasar a la acción!

Seguimos escuchando excusas para justificar por qué los Estados necesitan detener a niños, niñas y adolescentes. A continuación, cuestiono las que escuchamos más habitualmente en la Campaña, porque la verdad es que no es necesario detener a los niños, las niñas y los adolescentes. En serio.

 

Mito 1

En serio, ¿ese niño de cinco años constituye un riesgo para la seguridad? ¿Qué les pasa a sus sistemas de seguridad que no pueden controlar a un niño de cinco años?

Los objetivos de seguridad nacional nunca justifican la detención de niños, niñas y adolescentes. Existen alternativas a la detención que permiten a los gobiernos satisfacer sus intereses de seguridad nacional y proteger el interés superior del niño, tal como requiere el derecho internacional. Estas alternativas son naturalmente preferibles a la detención de niños, niñas y adolescentes en centros de detención de personas migrantes, y como valor adicional, son ¡considerablemente más económicas!

Muchos Estados sostienen que hay una diferencia entre adolescentes y niños en términos de seguridad. Sin embargo, la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), ratificada por todos los países del mundo salvo Estados Unidos, lo deja muy claro: son niños, con derechos específicos, hasta que cumplen 18 años.

En los Principios y directrices recomendados sobre los derechos humanos en las fronteras internacionales, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos exhorta a los Estados a que velen “por que los niños en el contexto de la migración sean tratados, ante todo, como niños y por que se garantice que el principio del interés superior del niño tenga prioridad sobre los objetivos de gestión de la migración u otras consideraciones administrativas”.

Mito #2

Ah, la vieja historia del argumento proteccionista. ¿Por qué un centro penitenciario es tan necesario para garantizar que los niños estén localizados?

Hay alternativas a la detención que permiten a los Estados cumplir sus obligaciones de proteger el bienestar de la niñez, sin causar el daño psicológico derivado de la detención migratoria.

Busquen ejemplos específicos sobre niñas, niños y adolescentes en esta gran base de datos – ¡os aseguramos que está repleta de información útil!

Algunas autoridades utilizan la detención como una estrategia para proteger a los niños, niñas y adolescentes de la trata. Si bien las autoridades deben proteger a los niños de la trata, el confinamiento no es una medida de protección adecuada. Existen directrices prácticas que describen medidas para proteger a la niñez de este tipo de explotación. Las estrategias incluyen la capacitación de los actores involucrados en el cuidado de niños, niñas y adolescentes, la permanencia de los niños, niñas y adolescentes con los miembros de su familia o tutores y el desarrollo de planes de seguridad individuales. Las directrices indican que una protección efectiva frente a la trata exige enfoques multidisciplinarios e interinstitucionales.

Mito #3

 

La CDN protege el derecho del niño a tener una familia y deja claro que el niño nunca debe ser separado de sus padres o tutores, excepto cuando se determine que tal separación es necesaria en el interés superior del niño. El derecho del niño a la familia se extiende más allá de la mera familia biológica o cualquier modelo único o tradicional de familia. Cuando un progenitor o tutor del niño corre el riesgo de detención migratoria, el derecho del niño a la libertad y a la vida familiar se extiende a toda la familia.

Existen alternativas que permiten a las familias permanecer juntas y cumplir las obligaciones del gobierno. Puede leer algunas de ellas aquí.

Mito #4

 

En este caso da la sensación de que hemos emprendido de repente una carrera de mínimos.

Independientemente de lo duras que sean las condiciones para migrar, nunca serán comparables con la huida de un lugar en el que es imposible vivir. No hace falta hacer daño a los niños, las niñas y los adolescentes migrantes en este proceso. Se ha demostrado que las alternativas a la detención tienen altas tasas de cumplimiento, lo que significa que las personas siguen participando en los procesos de migración sin necesidad de una detención dañina y costosa.

Este mito oculta una cuestión más importante: ¿La detención de inmigrantes disuade realmente a la gente?Las investigaciones señalan que los controles restrictivos de las fronteras no son eficaces para reducir la migración irregular hacia los niveles deseados, y que debilita otros objetivos de la gestión de la migración, como la resolución de casos, la integración de personas que se regularizan, y la remoción del país. Teniendo en cuenta estas debilidades, los gobiernos harían mejor en priorizar las alternativas a la detención.

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Escrito por

Leeanne Torpey

Coordinadora de Campaña

Campaña Global !Alto a la Detención de Niñ@s Migrantes!

México debe seguir avanzando en garantizar el der...

En el marco del Día Nacional del Niño y la Niña en México, celebramos los avances con respecto a la no detención de niñas, niños y adolescentes por motivos migratorios en el país y urgimos al gobierno a seguir avanzando en garantizar el derecho a la libertad personal de esta población.

 

El avance más reciente se dio el 27 de abril de 2017 con la aprobación por el Senado del dictamen de iniciativa para la armonización de la Ley de Migración con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en cuyos cambios se destaca la prohibición de detención migratoria a niños, niñas y adolescentes. Confiamos en que el siguiente periodo de sesiones la reforma sea aprobada.

La detención por motivos migratorios nunca es compatible con el interés superior del niño o la niña. En México se avanza día a día en el cambio de paradigma en lo que se refiere a protección de niñas, niños y adolescentes.

Avances hacía la no detención de niñas, niños y adolescentes en México

  • diciembre de 2014: Se publicó la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Ley General) que establece que el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) y la Procuraduría Federal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Procuraduría) garantizarán la protección, prevención y restitución integrales de los derechos de NNA que hayan sido vulnerados, independiente de su nacionalidad o situación migratoria.
  • agosto de 2015: Inició la implementación de un programa piloto de alternativas a la detención basadas en la comunidad para NNA no acompañados. Dicho piloto fue desarrollado por el Instituto Nacional de Migración (INM), la Comisión Mexicana de Ayuda al Refugiado (COMAR) y dos organizaciones especializadas en cuidados alternativos de NNA, con el apoyo técnico de la Coalición Internacional contra la Detención (IDC).
  • diciembre de 2015: El Reglamento de la Ley General estableció el derecho de los NNA a no ser privados de la libertad en centros de detención migratoria (conocidos como estaciones migratorias) sin importar si viajan solos o acompañados. Esto significa que las distintas dependencias del gobierno mexicano involucradas en el tema deben coordinarse para implementar alternativas a la detención de NNA garantizando en todo momento el interés superior del niño o niña.
  • enero 2016: Se iniciaron otros pilotos, liderados por la COMAR y el INM, con el apoyo de la oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidos para Refugiados (ACNUR), que permitían a personas solicitantes de la condición de refugiado a dar continuidad a sus procedimientos de elegibilidad en libertad, lo que también ha beneficiado a NNA acompañados.
  • agosto de 2016: Por mandato de la Ley General, el INM y la Procuraduría publicaron el Protocolo de actuación para asegurar el respeto a los principios y la protección de los derechos de NNA en procedimientos administrativos migratorios. A través de la coordinación del INM con la Procuraduría, esta última pueda emitir como parte del plan de restitución de derechos el ingreso a los Centros de Asistencia Social para así evitar la detención de NNA en estaciones migratorias.
  • abril de 2017: La Procuraduría ha estado identificando familias candidatas para ingresar a un programa de cuidados alternativos en su modalidad de familias de acogida, que eventualmente podrá permitir ampliar las posibilidades de no pasar por ningún tipo de detención.
  • el 27 de abril de 2017: Fue aprobado en el Senado mexicano un dictamen de iniciativa para la armonización de la Ley de Migración con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en cuyos cambios se destaca la prohibición de detención a NNA.

Sin duda los avances han sido significativos y con resultados positivos en poco tiempo. No obstante, aún hay retos muy importantes que podrían poner en riesgo todo lo alcanzado, incluyendo la no aprobación de las reformas que armonizan la Ley de Migración a la Ley General. Urgimos al gobierno mexicano a seguir avanzando en garantizar el derecho a la libertad de niños, niñas y adolescentes migrantes.

Las órdenes ejecutivas de los Estados Unidos son ...

Tres órdenes ejecutivas emitidas esta semana por el Presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, tienen consecuencias significativas y terribles sobre la detención de niños, niñas y adolescentes migrantes y refugiados en toda la región.

 

Las órdenes aumentan el uso de la detención en general; llaman a ampliar la construcción de centros de detención en la frontera sur de los Estados Unidos con México; y mandatan la detención automática y obligatoria de los niños, niñas y adolescentes solicitantes de asilo durante todo el transcurso de los procedimientos de asilo pendientes. Estas acciones no sólo son contrarias a las normas de derecho internacional que ya están bien establecidas, sino que además son inhumanas y contrarias a los valores que compartimos en la protección de los niños, niñas y adolescentes.

 

“Lo que estamos presenciando es un enfoque desacertado y desproporcionado en la aplicación de la ley, una obsesión por parecer rudo, y está mayormente perjudicando a niños, niñas, adolescentes y sus familias”, declaró la Coordinadora de la Campaña Global ¡Alto a la Detención de Niñ@s Migrantes!, Leeanne Torpey.

Además, las promesas de la Administración actual de: construir un muro en la frontera sur de los Estados Unidos, publicar una lista semanal sobre “los actos criminales cometidos por extranjeros” en Ciudades Santuario, redoblar la aplicación de la ley de inmigración y las deportaciones, incluyendo una prohibición temporal de la entrada a personas provenientes de 7 países de mayoría musulmana en un esfuerzo por «mantener a los terroristas islámicos radicales fuera de los Estados Unidos», están reforzando la xenofobia antiinmigrante y conduciendo directamente a perjudicar niños, niñas y adolescentes migrantes y refugiados.

 

Cientos de familias (ciudadanos de EE.UU., residentes permanentes y no ciudadanos por igual), ya han sido afectadas por estas políticas, debido a que seres queridos fueron detenidos en los aeropuertos la semana pasada y muchas familias que estaban en proceso de ser reubicadas en los Estados Unidos ahora están separadas y no saben cuándo volverán a reunirse. En un ejemplo particularmente escalofriante, un niño de 5 años fue esposado, separado de su madre y detenido durante más de cuatro horas, presuntamente porque pudo haber representado un “riesgo a la seguridad” de los Estados Unidos. El martes, en rueda de prensa, el portavoz de la Casa Blanca, Sean Spicer, fue impenitente, declarando: “asumir que sólo por la edad de alguien…no representa un riesgo, sería desacertado y erróneo”.

Al contrario, los niños y niñas son primero y ante todo niños, y nunca deben ser criminalizados ni castigados por solicitar entrada o estancia en otro país. Ya sea acompañados o no acompañados, todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la protección y el cuidado; además, Estados Unidos se ha comprometido con “proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los niños, niñas y adolescentes refugiados y migrantes, independientemente de su situación y dando consideración primordial en todo momento al interés superior del niño”.

 

La detención de niños, niñas, adolescentes y familias con base en la solicitud de asilo o por la entrada o estancia irregular nunca es compatible con el interés superior del niño. Esta postura ahora queda increíblemente clara y ha sido reforzada por el Comité de la ONU sobre los Derechos del Niño, el Secretario General de la ONU y la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), entre muchos otros. Además, en septiembre de 2016, todos los 193 Estados Miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a trabajar para poner un alto a la detención de niños, niñas y adolescentes migrantes. Las acciones recientes de la Administración de los Estados Unidos operan directamente en detrimento de este principio de la legislación internacional y de su compromiso con otros Estados Miembro de las Naciones Unidas.

 

Las aprehensiones en la frontera y la detención en EE.UU.  actualmente incluyen a miles de mujeres, niños, niñas, adolescentes y familias solicitando protección contra la violencia e inseguridad ampliamente documentadas en sus países de origen. Cada año, más de 400,000 personas son detenidas por motivos migratorios en los Estados Unidos, donde algunos centros de detención migratoria específicamente dedicados a la detención de niños, niñas, adolescentes y sus padres buscan licencia como “guarderías infantiles”, una práctica que ha sido denominada “un ataque al sentido común de la gente”.

 

Desde la ampliación de la detención de familias en 2014, madres y sus hijos, incluyendo bebés y niños pequeños, son encarcelados durante meses o incluso años en centros de detención migratoria, a menudo en condiciones “deplorables”, lejos de servicios legales y sociales, sin saber cuándo serán liberados.

 

Con estas nuevas órdenes ejecutivas, las familias en necesidad de protección ahora enfrentan un riesgo aún mayor de ser detenidas en los Estados Unidos o de que se les deje en condiciones de vulnerabilidad en la frontera.

 

“No proteger a los niños, niñas y adolescentes, y amenazar con detenerlos de una manera tan inhumana, no ha parrado la migración irregular, sino que sólo hace caer a las mujeres, niños y familias en manos de los traficantes, contrabandistas y cárteles del crimen organizado”, dijo la Srita. Torpey.

 

Los aliados la Campaña en los Estados Unidos han descrito cómo y porqué las órdenes están afectando a las familias y los niños, niñas y adolescentes, y son una violación grave a los derechos humanos.

 

“Todos estamos preocupados porque más del 50% de las personas refugiadas actuales, a nivel mundial, son niños, niñas y adolescentes. Este último acontecimiento deja aún menos opciones para que los niños y sus familias encuentren seguridad”, dijo la Srita. Torpey.

Campaña digital #NiñezRefugiada

Miles de niños, niñas y adolescentes son forzados a huir de la violencia en El Salvador, Honduras y Guatemala y se desplazan hacia distintos países de la región, incluido México, en búsqueda de protección. Ellas y ellos son refugiados y deben ser protegidos.

La campaña #NiñezRefugiada visibiliza el desplazamiento forzado desde el Triángulo Norte de Centroamérica. Es una Campaña digital lanzada desde el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), con el apoyo de la Comisión de Ayuda Humanitaria y Protección Civil de la Unión Europea.

Visita el sitio web Niñez Refugiada y conoce las historias de los niños, niñas y adolescentes de El Salvador, Honduras y Guatemala que salen de sus países buscando protección.

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Libertad para los niños, niñas y adolescentes de...

La libertad adopta varias formas en nuestras vidas: la libertad personal, libertad de movimiento, libertad de expresión, y la lista sigue. Tristemente, para muchos niños, niñas y adolescentes migrantes de Honduras, El Salvador y Guatemala–subregión centroamericana conocida como el Triángulo Norte–la libertad es un sueño, un cuento de algo que existe muy lejos de la realidad que viven.

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La subregión en Centroamérica conocida como el Triángulo Norte

¿La libertad de crecer en un entorno sin violencia?

En el 2014, el Triángulo Norte se hizo visible en los titulares de la prensa internacional debido al número sin precedentes de niños, niñas y adolescentes que migraron solos y fueron aprehendidos en Estados Unidos y México. Migraron por numerosas y múltiples razones, pero la mayoría salió huyendo de una creciente violencia e inestabilidad en su país natal.

«Mataron a los dos policías que protegían nuestra escuela y mataron a dos niños con los que iba a la escuela. Me esperaron fuera de la escuela. La mara me dijo que si volvía a la escuela no llegaría vivo a casa.» – Alfonso 17, El Salvador*

Las tazas de homicidio de los países del Triángulo Norte están entre las más altas del mundo, y Honduras es el país con más homicidios a nivel mundial, reflejando el creciente poder de pandillas y grupos del crimen organizado, así como la fuerte presencia de redes de trata de personas y trafico de drogas. Así, sea en casa o durante su viaje, todos los niños, niñas y adolescentes que son originarios de o transitan por el Triángulo Norte son vulnerables a la violencia, trata, extorsiones y reclutamiento forzado por parte del crimen organizado, y por lo general, carecen también de una adecuada protección social e institucional de sus derechos.

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Dibujos por niños detenidos en Estados Unidos sobre su vida en Honduras (Fuente: End Family Detention)

¿El derecho a la libertad personal?

Estos niños, niñas y adolescentes necesitaban salir de sus casas y buscaban seguridad en Estados Unidos, México y otros países de la región. Pero en lugar de encontrar países que al recibirlos les brindaran apoyo y protección, fueron puestos detrás de rejas por ser migrantes y no contar con los documentos adecuados. Con ese encierro se vulneraron aún más sus derechos y se les impidió salir a jugar, ir a la escuela y encontrar consuelo en un techo que les ofreciera calidez y tranquilidad. Así, sus sueños de una vida segura, se convirtieron en pesadillas y ansiedad.

«Si me dieran a elegir entre quedarme encerrado y morir, prefiero morir.» -Adolescente hondureño solicitante de asilo, 120 días encerrado en un centro de detención en México*

Más de 51,000 niños, niñas y adolescentes no acompañados, originarios del Triángulo Norte fueron detenidos en Estados Unidos en 2014; y en el mismo año en México, casi 23,000 niños, niñas y adolescentes del Triángulo Norte fueron detenidos y forzados a regresar a su país. Ante esta llamada crisis humanitaria, el gobierno de Estados Unidos destinó más de 3,500 nuevos espacios en centros de detención para familias migrantes centroamericanas; mientras que México incrementó y reforzó los controles migratorios en la frontera sur, con énfasis en la detención y retorno de niños, niñas y adolescentes de origen centroamericano para ‘protegerles’. Encerrados, muchas veces los niños, niñas y adolescentes no tienen la oportunidad de contar sus historias y la detención puede hacerles sufrir de nuevo las traumáticas experiencias que han vivido. Peor aún, a menudo son devueltos a las mismas situaciones de violencia de las que salieron huyendo.

Cada semana, miles de niños, niñas y adolescentes están retornados a Honduras, El Salvador y Guatemala, donde no cuentan con el apoyo adecuado para su reintegración ni para estar a salvo.

Así, muchos se ven forzados de huir de nuevo. Ahora, el incremento y endurecimiento de las políticas de control migratorio en las fronteras incluyen también a los países del Triángulo Norte; en ellos, los niños, niñas y adolescentes también están en riesgo de estar encerrados, incluso por los autoridades de su propio país que les prohíben salir. En consecuencia, los niños, niñas y adolescentes toman rutas cada vez más peligrosas y clandestinas, haciéndoles aún más invisibles y vulnerables.

Ningún país puede tratar con los temas de migración irregular, violencia, pobreza e instabilidad nacional por sí mismo. Se requiere dialogo y esfuerzos coordinados no sólo de los gobiernos, sino también de las sociedades civiles y las mismas comunidades de migrantes en los países de destino, tránsito y origen. A pesar de los desafíos que plantea la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en la migración, una cosa es segura: es tiempo de garantizar la libertad para los niños, niñas y adolescentes del Triángulo Norte, en todas las dimensiones y matices que lleva implícita esa palabra.

*Todos los testimonios vienen del informe Niñez y migración en América Central y América del Norte: Causas, políticas, prácticas y desafíos

México establece no detención de niños migrante...

*Imagen de Historias de niños, niñas y adolescentes detenidos en México, video producido por Tres Gatos Films

El 2 de diciembre de 2015, el gobierno mexicano dio un paso importante para garantizar el derecho a la libertad de los niños, niñas y adolescentes migrantes en el país. En el Reglamento a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se incluyó la prohibición explícita de su privación de la libertad en centros de detención migratoria.

Artículo 111. En ningún momento las niñas, niños o adolescentes migrantes, independientemente de que viajen o no en compañía de una persona adulta, serán privados de la libertad en estaciones migratorias o en cualquier otro centro de detención migratoria.

El reglamento norma la implementación de la Ley General a nivel nacional y representa un avance en la política de protección de los derechos de la infancia migrante y refugiada y reconoce que los centros de detención migratoria no son lugares adecuados para ningún niño, niña o adolescente. Asimismo, el artículo 111 da un paso que va más allá de lo establecido en la actual Ley de Migración al proclamar que no sólo se debe evitar que los niños, niñas y adolescentes que viajan sin la compañía de sus padres o tutores sean detenidos en Estaciones Migratorias y canalizados a los sistemas de Desarrollo Integral de la Familia (DIF). También, obliga a la adopción e implementación de medidas para evitar que los niños, niñas y adolescentes acompañados de sus padres sean privados de su libertad por motivos migratorios. Así, se logra acercar las políticas del país a las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de la ONU, abriendo la oportunidad de implementar alternativas a la detención para que los niños, niñas y adolescentes puedan participar en sus procedimientos migratorios, viviendo libres en la comunidad.

La Ley General y su reglamento crean un Sistema Nacional de Protección Integral de los Niños, Niñas y Adolescentes con una nueva Procuraduría Federal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Esta última en coordinación con el Instituto Nacional de Migración emitirá un protocolo para asegurar que los procedimientos migratorios se privilegie el interés superior de la niñez (Art. 105 del reglamento).

Además, la Ley General y su reglamento obligan a la creación de una base de datos de niñas, niños y adolescentes migrantes que incluya información sobre si fueron víctimas o testigos de algún delito, así como sobre posibles necesidades de protección internacional. Así, la ley y su reglamento forman parte de una importante base legal para hacer realidad la erradicación de la detención de niños, niñas y adolescentes por motivos migratorios.

Sin duda, el reglamento es un reflejo de la colaboración entre la sociedad civil y el gobierno en la construcción de un marco jurídico consistente con el respeto y protección de los derechos humanos. Aunque sabemos que aún hay mucho por hacer para fortalecer espacios de recepción y acogimiento en un entorno comunitario, consideramos que se ha dado inicio a un cambio sustancial en la forma en la que se reconoce a niños, niñas y adolescentes migrantes como sujetos de derechos.

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La Detención de la Niñez Migrante en El Salvador...

 

Escrito por autor invitado Mario Mena Méndez

 

Ante la crisis humanitaria de Niñas, Niños y Adolescentes (NNyA) migrantes en situación irregular, El Salvador no ha logrado generar un procedimiento estandarizado de protección efectiva contra su detención por motivos migratorios. Los países de origen aceptan con discreta complicidad esta omisión. Proteger la libertad de los NNyA corresponde, en primer lugar, a las instituciones nacionales garantes de los derechos de la niñez, pero varios factores inciden en que ello no ocurra asi: 1) La estadística de cada país está focalizada en decenas de niños al año, comparado con las decenas de miles de NNyA involucrados en pandillas; 2) Los Estados resuelven bilateralmente y sin mayores tropiezos la logística de la repatriación de sus NNyA connacionales a partir de viejas costumbres consulares; y finalmente 3) El manejo del tema en la opinión pública es muy cómodo para los Estados ya que las familias afectadas tiene poca o nula relevancia social para atraer la atención sobre el problema.

 

La atención de la niñez migrante extranjera adolece de una visión basada en los derechos humanos que liquida instantáneamente la condición del NNyA como sujeto de derechos; y es en el marco de los entendimientos consulares inmediatistas que cada Estado ofrece sus respuestas para la atención migratoria de sus connacionales. Pero, si mal que bien, los niños migrantes extranjeros reciben la atención de sus autoridades consulares, ¿Por qué motivo exigir la regular la situación social y de la niñez migrante extranjera?

 

El Salvador no ha logrado generar un procedimiento estandarizado de protección efectiva contra la detención de niños, niñas y adolescentes migrantes

 

Por tres poderosas razones:

I) Es ilegal la carencia del marco regulatorio de atención. La Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia (LEPINA) tiene normas expresas que reconocen a los NNyA como sujetos plenos de derechos (art. 5) y acreedores de tutela jurídica con plenas garantías legales: aplicación irrestricta de los derechos de NNyA sin discriminación por su origen nacional, condición de extranjería o situación migratoria (arts. 6 y 11), adopción plena del interés superior de la niñez como principio rector de toda actuación pública relacionada con los derechos de la niñez (art. 12) y el reconocimiento del estatuto del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y de la Niñez como irrenunciable e intransigible (art. 15).

 

II) Las aparentes soluciones a las NNyA migrantes al margen de los estándares internacionales de Derechos Humanos son una grave violación a los derechos de la niñez, especialmente en materia de refugiados y asilo. Para citar un ejemplo sencillo, sin el nombramiento de un tutor que garantice el interés superior de cada NNyA, en realidad la repatriación “voluntaria” no representa una solución duradera para el ejercicio de los derechos de los niños migrantes y sus familias. Mención especial tienen también otras amenazas para los derechos de los niños y niñas como el delito de trata de personas y sus modalidades cuyas redes operan desde la opacidad institucional de los Estados; y

 

 

 

Los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derechos

 

III) Los países de la región centroamericana no deberían contentarse con soluciones aparentemente rápidas y económicas para sus niños migrantes de paso por El Salvador. El desarrollo de la legalidad y la democracia en sus Estados conecta directamente con la debida atención a sus niños migrantes. La equidad y la no discriminación empiezan con el respeto del rol garante del Estado especialmente con los sujetos más débiles antes de arraigarse en un principio ordenador de la vida social.

 

 

Los países de la región centroamericana no deberían contentarse con soluciones aparentemente rápidas y económicas para sus niños, niñas y adolescentes migrantes

 

 

El cambio de actitud sobre la detención de la niñez migrante irregular extranjera por motivos de “protección”, no es un asunto de mera legalidad o de pretender complicar el funcionamiento consular de los Estados que en el contexto actual sencillamente se deshacen del efecto de la migración irregular y dejan intactas las causas estructurales de pobreza, violencia y exclusión. El objetivo de esta exigencia es el respeto de la legalidad de los derechos de la niñez, que mientras permanezca en la opacidad del ámbito consular, continuará generando impunidad sobre graves violaciones al derecho internacional de los derechos humanos y propiciando un sensible déficit de democracia para la región centroamericana.

 

 

Mario Francisco Mena Mendez es abogado y especialista en programas para la niñez en acogimiento institucional, niñez migrante, trabajo infantil, niñez en situación de calle y adopción. Es activista independiente en redes locales para las víctimas de la violencia de género, derechos de las personas con discapacidad y derecho de la niñez. Puedes seguir a Mario en Twitter: @MarioMenaMendez y conocer más sobre su trabajo a través de su sitio web.